top of page

Aire acondicionado en la fachada: todo lo que debes saber antes de colgar la unidad exterior

El verano aprieta y el aire acondicionado parece la salvación, pero colocar el compresor en la fachada de tu edificio no es tan sencillo como abrir un taladro y colgarlo. La fachada pertenece a los elementos comunes de la comunidad, así que cualquier intervención exige cumplir con la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y lo que dictan los estatutos vecinales.

ree

1. ¿Puedo instalarlo sin más?

  • Depende de la comunidad. Por ley, modificar un elemento común necesita autorización previa de la junta de propietarios. Instalar la unidad exterior altera la estética y la estructura del edificio, por lo que la decisión debe tomarse de forma colegiada.

  • Principio de igualdad. Que otros vecinos ya tengan aparato no te da derecho automático: la comunidad debe tratar a todos por igual y justificar cualquier diferencia de trato.

2. Mayoría necesaria en la junta

La LPH exige el voto favorable de las 3/5 partes de los propietarios, que representen a su vez las 3/5 partes de las cuotas de participación, salvo que los estatutos prevean otra mayoría. Colocar el equipo sin ese respaldo abre la puerta a que la comunidad te obligue a retirarlo y te reclame daños o molestias.

3. ¿Y si el aire lleva años colgado?

  • Con permiso anterior: no hay problema.

  • Sin permiso: la comunidad puede exigir su retirada en cualquier momento. No obstante, si han pasado más de cinco años y nadie ha actuado, el derecho a reclamar podría considerarse prescrito, aunque depende del caso concreto.

4. El peso de los estatutos

Antes de comprar el equipo revisa los estatutos comunitarios: muchas fincas ya establecen dónde, cómo y con qué nivel sonoro se puede instalar la climatización. Si prohíben expresamente colocar aparatos en fachada, solo queda modificar los estatutos (requiere mayoría cualificada) o buscar otra ubicación.

5. Alternativas cuando la fachada no es viable

  • Patios interiores, balcones o terrazas dentro de las zonas permitidas.

  • Sistemas comunitarios que reduzcan el impacto visual y reparte el coste.

  • Equipos sin unidad exterior (portátiles o compactos con salida por ventana) para no tocar la fachada.


Conclusión

Instalar aire acondicionado en la fachada puede ahorrarte calor… y traerte un buen quebradero de cabeza si no sigues los pasos legales. Pide permiso a tu comunidad, revisa los estatutos y valora soluciones alternativas antes de fijar el compresor a la pared. Así evitarás sanciones, obras innecesarias y mal ambiente con tus vecinos.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Para casos concretos, consulta a un administrador de fincas o a un abogado especializado.

Fuente: (Idealista)


 
 
 

Comentarios


©2020 por TUROLCASA 2000. Creada con Wix.com

bottom of page