Aire acondicionado en la fachada: todo lo que debes saber antes de colgar la unidad exterior
- turolcasa2020
- 27 jul
- 2 Min. de lectura
El verano aprieta y el aire acondicionado parece la salvación, pero colocar el compresor en la fachada de tu edificio no es tan sencillo como abrir un taladro y colgarlo. La fachada pertenece a los elementos comunes de la comunidad, así que cualquier intervención exige cumplir con la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) y lo que dictan los estatutos vecinales.

1. ¿Puedo instalarlo sin más?
Depende de la comunidad. Por ley, modificar un elemento común necesita autorización previa de la junta de propietarios. Instalar la unidad exterior altera la estética y la estructura del edificio, por lo que la decisión debe tomarse de forma colegiada.
Principio de igualdad. Que otros vecinos ya tengan aparato no te da derecho automático: la comunidad debe tratar a todos por igual y justificar cualquier diferencia de trato.
2. Mayoría necesaria en la junta
La LPH exige el voto favorable de las 3/5 partes de los propietarios, que representen a su vez las 3/5 partes de las cuotas de participación, salvo que los estatutos prevean otra mayoría. Colocar el equipo sin ese respaldo abre la puerta a que la comunidad te obligue a retirarlo y te reclame daños o molestias.
3. ¿Y si el aire lleva años colgado?
Con permiso anterior: no hay problema.
Sin permiso: la comunidad puede exigir su retirada en cualquier momento. No obstante, si han pasado más de cinco años y nadie ha actuado, el derecho a reclamar podría considerarse prescrito, aunque depende del caso concreto.
4. El peso de los estatutos
Antes de comprar el equipo revisa los estatutos comunitarios: muchas fincas ya establecen dónde, cómo y con qué nivel sonoro se puede instalar la climatización. Si prohíben expresamente colocar aparatos en fachada, solo queda modificar los estatutos (requiere mayoría cualificada) o buscar otra ubicación.
5. Alternativas cuando la fachada no es viable
Patios interiores, balcones o terrazas dentro de las zonas permitidas.
Sistemas comunitarios que reduzcan el impacto visual y reparte el coste.
Equipos sin unidad exterior (portátiles o compactos con salida por ventana) para no tocar la fachada.
Conclusión
Instalar aire acondicionado en la fachada puede ahorrarte calor… y traerte un buen quebradero de cabeza si no sigues los pasos legales. Pide permiso a tu comunidad, revisa los estatutos y valora soluciones alternativas antes de fijar el compresor a la pared. Así evitarás sanciones, obras innecesarias y mal ambiente con tus vecinos.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento profesional. Para casos concretos, consulta a un administrador de fincas o a un abogado especializado.
Fuente: (Idealista)




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